La Consejería de Trabajo y Empleo de Castilla-La Mancha convoca ayudas destinadas a fomentar la prevención de riesgos laborales en empresas de Castilla-La Mancha.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, configura el marco general en el que han de desarrollarse las distintas acciones preventivas, y da cumplimiento a las exigencias de un nuevo enfoque normativo en materia de prevención de riesgos laborales derivadas de la normativa comunitaria y del mandato contenido en el artículo 40.2 de la Constitución.
El artículo 5 de esta norma legal establece que las políticas en materia de prevención tendrán por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad de los trabajadores, para lo cual las Administraciones Públicas fomentarán las actividades orientadas a la reducción de los riesgos laborales, mediante la concesión de incentivos.
En el marco de estos objetivos, durante la vigencia del Plan de Acciones para la Seguridad y Salud Laboral en Castilla-La Mancha, se llevaron a cabo programas de fomento destinados a promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en las empresas y centros de trabajo radicados en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
En línea con los programas ejecutados durante la vigencia del Plan de Acciones, el Acuerdo Estratégico para la Prevención de Riesgos Laborales de Castilla-La Mancha 2.008-2.012, suscrito por el Gobierno Regional y los agentes sociales más representativos de la Comunidad Autónoma, establece como uno de sus objetivos específicos “potenciar las líneas de fomento e incentivo que favorezcan la mejora de las condiciones de seguridad y salud de las empresas.
En este sentido, la presente Orden viene a dar cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en el Acuerdo Estratégico, estableciendo un programa de ayudas destinado a empresas de la región que realicen inversiones para mejorar las condiciones de seguridad y salud en sus centros de trabajo.
La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones para el ejercicio 2.010, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de inversiones que mejoren las condiciones de seguridad y salud laboral en empresas de Castilla La Mancha.
A estos efectos, se considerarán inversiones subvencionables, aquellas que de forma principal y directa contribuyan a conseguir los fines previstos en el apartado anterior.
Beneficiarios y requisitos.
Podrán acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria, las empresas, personas físicas o jurídicas, Comunidades de Bienes con trabajadores por cuenta ajena y Empresas de Economía Social, que:
- Que tengan domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
- Que dispongan de un plan de prevención de riesgos laborales.
- Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la solicitud de subvención.
- Que no se encuentren incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados por el Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Inversiones subvencionables.
Serán objeto de subvención, las inversiones siguientes:- Inversiones destinadas a la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad, mujeres embarazadas y trabajadores especialmente sensibles.
- Sustitución de maquinaria comercializada antes del 1 de enero de 1995 por otra maquinaria equivalente que disponga de marcado CE.
- Adaptación de máquinas a las exigencias mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, siempre que se trate de equipos comercializados por primera vez antes del 1 de enero de 1995.
- Instalaciones y sistemas para el control de la contaminación química, física o biológica en el centro de trabajo, excepto las destinadas al control de condiciones termo higrométricas.
- Inversiones para la adaptación de puestos de trabajo, realizada con criterios ergonómicos, con objeto de prevenir trastornos musculoesqueléticos.
- Inversiones derivadas de la ejecución de la planificación de la actividad preventiva, destinadas a facilitar la adopción de medidas de prevención de riesgos laborales que contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud en las empresas y centros de trabajo.
- Inversiones destinadas a mejorar la seguridad en maquinaria agrícola.
Asimismo, podrá ser objeto de subvención la adquisición de maquinas siempre que, finalizado el procedimiento de reconocimiento de derechos por la realización de las inversiones previstas en el punto anterior, exista crédito disponible.
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